Se pueden interponer los recursos de inconformidad o de impugnación. El primero cuando se estimen violadas las reglas del procedimiento, conocidas como violaciones de forma. El segundo cuando se objete el juicio académico de la comisión, conocidas como violaciones de fondo.
No, en la evaluación de un producto del trabajo elaborado en coautoría, por equidad y consistencia, debe asignarse a los coautores igual número de puntos por el trabajo realizado, si las evaluaciones fueron simultáneas.
Si, toda vez que las opiniones de los asesores constituyen un elemento de juicio importante para las comisiones dictaminadoras, pero no son decisivas o vinculantes. En caso de que el dictamen no coincida con la opinión de los asesores, la comisión deberá señalar las razones por las cuales desestimó o no consideró en sus exactos términos determinada opinión, con los argumentos que justifiquen su resolución.