Abogacía General
Consultas Frecuentes
CONSULTAS FRECUENTES
COMPILACIÓN DE NORMAS POR COMPETENCIA DE ÓRGANOS

 

LEGISLACIÓN UNIVERSITARIA
Propiedad Industrial
1. ¿Qué es la propiedad industrial?

Es el derecho exclusivo que otorga el Estado para usar o explotar en forma industrial y comercial las invenciones, o innovaciones de aplicación industrial, o indicaciones comerciales que realizan individuos o empresas para distinguir sus productos o servicios en el mercado.

2. ¿Qué es una invención?

Se considera invención toda creación humana que permita transformar la materia o la energía que existe en la naturaleza, para su aprovechamiento por el hombre y satisfacer sus necesidades concretas.

3. ¿Cuáles se consideran signos distintivos?

Las marcas, los avisos comerciales, nombres comerciales y denominaciones de origen.

4. ¿Qué es una marca?

Una marca es todo signo perceptible por los sentidos y susceptible de representarse de manera que permita determinar el objeto claro y preciso de la protección, que distinga productos y servicios de otros de su misma especie o clase.

5. ¿Para qué se registra una marca?

Una vez que se obtiene un título de registro de marca, ello da derecho a usarla en forma exclusiva en todo el país, lo que significa que nadie debe usarla sin la autorización respectiva.

6. ¿Qué vigencia tiene una marca?

La vigencia de los derechos sobre la exclusividad de un signo distintivo es de 10 años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, que podrá renovarse por periodos de la misma duración.

7. ¿Qué beneficios se obtienen al contar con un registro de marca?

El titular de una marca registrada goza de beneficios como:

 

  • El derecho exclusivo al uso del signo distintivo para distinguir los productos o servicios para los cuales se solicitó.
  • El derecho exclusivo al uso en todo el territorio mexicano, a conceder a terceros  licencias de uso y a prohibir el uso sin su consentimiento.
  • Al ser un bien intangible, una marca, como signo distintivo, es un bien comercial que puede ser el activo más rentable.
  • Permite a los clientes distinguir los productos o servicios de los de otros.
  • Transmiten mensajes conceptuales e identificadores al público consumidor.
  • Al ser un bien comercial, existe la posibilidad de garantizar un crédito.
  • Con su registro o publicación se informa a terceros que éste es un derecho de propiedad particular.
  • Con el registro se pueden ejercer acciones legales en contra de terceros que lo usen sin autorización.
  • Una marca constituye un derecho para reprimir y evitar la competencia desleal en el mercado.
  • Un registro o una publicación es la base idónea para ejercer acciones legales de protección.
8. ¿Cuántas marcas vigentes tiene la UAM?

Al 31 de diciembre de 2021, la UAM cuenta con 66 marcas registradas y vigentes.

9. ¿Qué es una patente?

Es el privilegio que concede el Estado a una persona física o moral para utilizar en forma exclusiva y durante 20 años una invención (producto o proceso) que haya sido desarrollada por dicha persona. La patente debe ser nueva, tener aplicación industrial y ser el resultado de una actividad inventiva.

10. ¿Qué significa nueva?

Que tenga características diferentes de algo que le ha precedido y que no se haya dado a conocer (divulgado) hasta 12 meses antes de la fecha de presentación de la solicitud de registro de patente.

11. ¿Qué es la aplicación industrial?

Es la posibilidad de reproducirlo a gran escala.

12. ¿Qué es la actividad inventiva?

Es la que no resulte evidente para un técnico en la materia.

13. ¿Qué es un modelo de utilidad?

Son objetos, utensilios, aparatos o herramientas que como resultado de una modificación en su disposición, configuración, estructura o forma presentan una función distinta respecto de las partes que lo integran o ventajas en su utilidad.

 

Los modelos de utilidad gozan de una protección de 10 años.

14. ¿Qué es un diseño industrial?

Es un dibujo industrial o un modelo industrial que serán registrables, siempre que sean nuevos y susceptibles de aplicación industrial.

 

Los diseños industriales gozan de una protección de 5 años renovables por períodos sucesivos iguales.

 

Los dibujos industriales son toda combinación de figuras, líneas o colores que se incorporen a un producto industrial con fines de ornamentación y que le den un aspecto peculiar y propio.

 

Los modelos industriales están constituidos por toda forma tridimensional que sirva de tipo o patrón para la fabricación de un producto industrial, que le dé apariencia especial en cuanto no implique efectos técnicos.

15. ¿Cuántas patentes, modelos de utilidad y diseños industriales vigentes tiene la UAM?

Al 31 de diciembre de 2021, la UAM cuenta con 177 invenciones, entre patentes, modelos de utilidad y diseños industriales vigentes.

16. ¿Cuál es el procedimiento para presentar una solicitud de patente, una de registro de modelo de utilidad o de diseño industrial?
Responsable No. Actividad
Departamento de Propiedad Intelectual 1.

Recibe de la D.I. los siguientes documentos:

  • Dos originales de la carta de reconocimiento de derechos del investigador de la UAM, dos originales de los contratos de cesión de derechos de los investigadores externos.
  • Descripción del invento, reivindicaciones, resumen y, en su caso, dibujos.
  • La factura para el pago de derechos por la presentación de la solicitud.
1.1 Revisa la descripción del invento para evitar requerimientos de forma.
1.2 Si hay observaciones, el DPI los comunica a la D.I. para corregirlas y poder presentar la solicitud ante el IMPI.
1.3.

El DPI presenta ante el IMPI, la siguiente documentación:

  1. Solicitud debidamente requisitada y firmada, en tres tantos.
  2. Comprobante del pago de la tarifa.
  3. Escrito por el que se manifiesta que la UAM, como institución educativa, goza del beneficio del 50% de descuento por presentación de la solicitud.
  4. Descripción de la invención (por triplicado).
  5. Reivindicaciones (por triplicado).
  6. Dibujo (s) técnico (s) (por triplicado), en su caso.
  7. Resumen de la descripción de la invención (por triplicado).
  8. Documento que acredita la cesión de derechos.
  9. En su caso, convenio de cotitularidad.
  10. En su caso, documento de prioridad. (A partir de la presentación de la solicitud de la patente en el IMPI, se tienen 3 meses como máximo para presentar este documento) o de divulgación previa (no deben tener más de 12 meses de haberse divulgado la invención).
  11. Copia del Registro General de Poderes ante el IMPI.
IMPI 2 Realiza un EXAMEN DE FORMA de la documentación, y dentro de un plazo no mayor de tres meses notifica por escrito el resultado del examen.
Departamento de Propiedad Intelectual 3

Si durante el examen de forma el IMPI requiere que se precise o aclare en lo que considere necesario, o se subsanen las omisiones, informa a la D.I. y le solicita la factura del pago para el desahogo de los requisitos o los documentos requeridos por el IMPI, para presentarlos en un plazo no mayor a dos meses.

 

El IMPI otorga un plazo adicional de dos meses más para cumplir con los requisitos señalados, cubriendo un pago por cada mes de prórroga.

3.1 Presenta ante el IMPI, mediante oficio, el desahogo del requerimiento de forma.
3.2 Si el IMPI considera satisfechos los requisitos, emite otro oficio en el que informa que se tuvo por satisfecho el examen de forma y el DPI comunica a la D.I. la aprobación del citado examen.
IMPI 4. Publica el resumen de la solicitud en la Gaceta del IMPI una vez vencido el plazo de los 18 meses, contado a partir de la fecha de presentación de la misma.
4.1. Una vez publicada la solicitud de patente, el IMPI asigna un examinador que se encarga de realizar un EXAMEN DE FONDO de la invención para determinar si se satisfacen los requisitos de novedad, actividad inventiva y aplicación industrial.
Departamento de Propiedad Intelectual 5.

Si durante el examen de fondo el IMPI emite requerimientos, se comunican éstos a la D.I. para que contacte al inventor o inventores y se realicen los ajustes técnicos necesarios y se le solicita que envíe al DPI la información o documentación adicional o complementaria solicitada por el IMPI; modifique las reivindicaciones, descripción, dibujos, o haga las aclaraciones que considere pertinentes, para que dentro del plazo de 2 meses a partir de notificados los requisitos, cumpla con lo requerido.

 

Asimismo, se le solicita  a la D.I. el pago para atender el requerimiento de fondo y en caso de hacer uso del plazo adicional de 2 meses, también se deberá pagar tal concepto.

5.1 Presenta ante el IMPI, mediante oficio, el desahogo del requerimiento de fondo.
IMPI 6. Si procede el otorgamiento de la patente solicitada, emite un documento identificado como “cita-pago”, en el cual se señala que procede el otorgamiento de la patente y, de ser el caso, solicita la figura más representativa de la invención, requiriendo además, el pago respectivo, lo cual debe efectuarse en un plazo de 2 meses contados a partir de la fecha de recepción del documento y se cuenta con un plazo adicional de 2 meses que también se debe enterarse, por cada mes de prórroga.
Departamento de Propiedad Intelectual 7. Informa a la D.I. y le solicita el pago por la expedición del título y las anualidades correspondientes al año calendario y las de los cuatro años siguientes, efectuándose los pagos por quinquenios y por año calendario completo, pudiendo pagar dos o más quinquenios en forma anticipada.
7.1 Recibe de la D.I. las facturas para pagar la expedición del título y las anualidades correspondientes.
7.2 Mediante oficio, exhibe ante el IMPI el pago por la expedición del título y las anualidades correspondientes al año calendario y, en su caso, se presenta la figura solicitada.
IMPI 8. Entrega el título de patente o registro respectivo.
Departamento de Propiedad Intelectual 9. Notifica a la D.I. la expedición del título de patente o registro y adjunta copia del mismo.

 

17. ¿Cuál es el procedimiento para presentar una solicitud de registro de marca?
Responsable No. Actividad
Departamento de Propiedad Intelectual 1.

Recibe de la D.I. la solicitud para registrar una marca con los anexos relativos a la etiqueta que contiene la denominación o dibujo del signo distintivo, así como el comprobante de para el pago de derechos.

1.2 Revisa los documentos para evitar que falten documentos.
1.3 Si hay observaciones, el DPI los comunica a la D.I. para corregirlas y poder presentar la solicitud ante el IMPI.
1.4

El DPI presenta ante el IMPI, la siguiente documentación:

  1. Solicitud debidamente requisitada y firmada, en tres tantos.
  2. Comprobante del pago de la tarifa.
  3. Copia del RGP ante el IMPI.
IMPI 2 Realiza un EXAMEN DE FORMA de la documentación, y dentro de un plazo no mayor de tres meses, si hay requisitos, los notifica por escrito.
Departamento de Propiedad Intelectual 3

Si durante el examen de forma el IMPI requiere que se precise o aclare en lo que considere necesario, o se subsanen las omisiones, informa a la D.I. y le solicita la factura del pago para el desahogo de los requisitos o los documentos requeridos por el IMPI, para presentarlos en un plazo no mayor a dos meses.

 

El IMPI otorga un plazo adicional de dos meses más para cumplir con los requisitos señalados, cubriendo un pago por cada mes de prórroga.

IMPI 4. Presenta ante el IMPI, mediante oficio, el desahogo del requerimiento de forma.
4.1. Si el IMPI considera satisfechos los requisitos, procede al examen de fondo.
Departamento de Propiedad Intelectual 5.

Si durante el examen de fondo el IMPI considera que la solicitud o la documentación exhibida NO CUMPLE con los requisitos legales o reglamentarios y existe algún impedimento para el registro de la marca o si existen anterioridades, informa al interesado para que en un plazo de 2 meses subsane los errores u omisiones en los que hubiese incurrido y manifieste lo que a su derecho convenga en relación con los impedimentos y las anterioridades citadas.

 

Se tiene un plazo adicional de 2 meses para cumplir los requerimientos de fondo, sin que medie solicitud y comprobando el pago de la tarifa que corresponda al mes en que se dé cumplimiento.

5.1 Le solicita a la D.I. el pago para atender el requerimiento de fondo y en caso de hacer uso del plazo adicional de 2 meses, también se deberá pagar tal concepto.
5.2 Presenta ante el IMPI, mediante oficio, el desahogo del requerimiento de fondo.
IMPI 6. Si la solicitud cumple con los requisitos legales y reglamentarios, expide el título de registro de la marca
Departamento de Propiedad Intelectual 7. Informa a la D.I. y le envía copia del título de registro de marca.
18. ¿Qué es el PCT?

Son las siglas en inglés del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes, que es un acuerdo de cooperación internacional en materia de patentes para simplificar la presentación de solicitudes de patente, la búsqueda y el examen, así como la divulgación de las informaciones técnicas contenidas en las solicitudes.

 

A través del Tratado no se conceden “patentes internacionales”, sino que la responsabilidad de otorgar las patentes es exclusivamente de cada una de las oficinas de patentes de los países donde se solicita la protección o de las oficinas que actúan en nombre de esos países (las oficinas designadas). El PCT sólo está abierto a los Estados que ya son parte en ese Convenio.

19. ¿Cuáles son los efectos de una solicitud internacional?

A partir de la fecha de presentación internacional, una solicitud internacional produce los efectos de una solicitud nacional en los Estados contratantes del PCT que el solicitante haya designado en su solicitud (o los mismos efectos que una solicitud de patente europea si el solicitante quiere obtener tal patente con efecto en un Estado designado parte en el Convenio sobre la Patente Europea, o como una solicitud para una patente OAPI si el solicitante así lo desea).

20. ¿Cuáles son los costos de una solicitud internacional?

La presentación de una solicitud internacional representa hacer un solo conjunto de gastos, que son pagaderos en una sola moneda y a una sola oficina (la oficina receptora).

 

Las tasas que deben cubrirse a la oficina receptora por una solicitud internacional son tres:

 

  1. La denominada tasa de transmisión, destinada a remunerar el trabajo de la Oficina Receptora.
  2. La tasa internacional, destinada a remunerar el trabajo de la Oficina Internacional.
  3. La tasa de búsqueda, destinada a remunerar el trabajo de la Administración encargada de la Búsqueda Internacional.
21. ¿En qué idioma se presenta la solicitud internacional?

El idioma en el que debe presentarse una solicitud internacional depende de las exigencias de la oficina receptora en la que se presenta esa solicitud, y se trata normalmente del idioma nacional. Los principales idiomas en los que pueden presentarse solicitudes internacionales son: alemán, español, francés, inglés, japonés y ruso. En México se presentarán en español, y cuando se designa como Autoridad para la búsqueda a Estados Unidos o la Oficina Sueca se debe presentar una traducción al inglés. Si se designa a la Oficina Europea se puede presentar en inglés, francés o alemán.

22. ¿Qué hace la Oficina Receptora (IMPI, para el caso de México)?

La Oficina Receptora en el IMPI percibe las tasas y, tras haber procedido al examen de formalidades del petitorio y asignado una fecha de presentación internacional, envía un ejemplar de la solicitud internacional (denominado ejemplar “original”) a la Oficina Internacional de la Organización Mundial de la Propiedad Industrial, y otro (denominado “copia para la búsqueda”) a la Administración encargada de la búsqueda internacional designada por el solicitante (generalmente la UAM designa a la Oficina Española de Patentes y Marcas).

 

La Oficina Receptora percibe las tasas PCT y transfiere la tasa de búsqueda a la Administración encargada de la búsqueda internacional y la tasa internacional a la Oficina Internacional.

23. ¿Qué es la Búsqueda Internacional?

Es una búsqueda de alto nivel realizada en los documentos de las patentes y en la literatura conexa a éstas, redactados en los idiomas en los que se presentan la mayoría de las solicitudes de patentes (alemán, español, francés, inglés, japonés y ruso). El alto nivel de esa búsqueda se realiza de acuerdo con las normas internacionales que establece el PCT por lo que respecta a la documentación, las calificaciones de los examinadores y los métodos de búsqueda de las Administraciones encargadas de la búsqueda internacional, las cuales son oficinas de patentes experimentadas que la Asamblea de la Unión del PCT (órgano administrativo supremo creado por el PCT), ha designado especialmente para proceder a las búsquedas internacionales, y que tienen el compromiso de observar las normas y los plazos del PCT.

24. ¿Quién se encarga de la Búsqueda Internacional?

Las siguientes oficinas han sido designadas para México como Autoridad encargada de la búsqueda internacional:

 

  • La Oficina Española de Patentes y Marcas
  • La Oficina Europea de Patentes
  • La Oficina Sueca de Patentes
  • La Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos de América
25. ¿Qué es el informe de búsqueda internacional?

Los resultados de la búsqueda internacional se consignan en un documento denominado “informe de búsqueda internacional”, que se notifica, en el caso de la UAM, primero por correo electrónico y posteriormente por correo tradicional, en el curso del cuarto o quinto mes después de la presentación de la solicitud. Las referencias del estado anterior de la técnica pertinente en el informe de la búsqueda internacional, permiten al solicitante evaluar las oportunidades que tiene de obtener una patente en o para los países designados en su solicitud internacional de patente.

26. ¿Qué es la opinión escrita?

Simultáneamente a la recepción del informe de búsqueda internacional, el solicitante recibirá una opinión escrita preliminar, y no vinculante, acerca de si la invención parece ser nueva, tiene actividad inventiva, y si es susceptible de aplicación industrial. La opinión escrita se emite en el idioma de la búsqueda internacional.

27. ¿Qué es la publicación internacional?

La publicación internacional tiene el propósito de dar a conocer al público la invención y, divulgar la amplitud de la protección que el inventor podrá obtener.

 

La publicación internacional contiene el texto completo de la solicitud internacional, tal y como fue presentada por el solicitante. Sin embargo, el propio formulario de petitorio no se publica, sino que se sustituye mediante una página de portada que contiene los datos bibliográficos esenciales de la solicitud internacional. La  publicación internacional incluye también el informe de búsqueda internacional y cualquier modificación de las reivindicaciones presentadas y generalmente se efectúa a los 18 meses después de la fecha de prioridad de la solicitud internacional, en el idioma de presentación de la solicitud.

28. ¿Cuándo comienza el procedimiento en las oficinas designadas?

La tramitación de una solicitud internacional en las oficinas designadas (es decir, la fase nacional) no comienza hasta la expiración de un plazo de 20 hasta 30 meses a partir de la fecha de prioridad de la solicitud internacional, a menos que el solicitante pida su tramitación anticipada.

29. ¿Cuál es el procedimiento para solicitar una patente a través del PCT?
Responsable No. Actividad
Departamento de Propiedad Intelectual 1.

Recibe la solicitud de la Dirección de Innovación (D.I.) de la Coordinación General para el Fortalecimiento Académico y Vinculación para presentar una solicitud de registro de patente a través del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT, por sus siglas en inglés), así como el comprobante de pago respectivo.

1.2 Recibe y revisa si es con prioridad o sin prioridad.
1.3 Si NO es con prioridad, se revisa que cumpla con las formalidades para presentación de solicitudes de patente vía PCT.
1.4

Presenta la solicitud vía PCT en la oficina autorizada (en México, ante el IMPI) y anexa los siguientes documentos (original y 3 copias):

  • Un Petitorio (solicitud PCT/RO/101) que incluirá:
  • Una descripción
  • Una o varias reivindicaciones
  • Un resumen
  • Uno o varios dibujos (cuando sean necesarios)
1.5

Si hay requerimientos, solicita a la D.I. las correcciones y el pago respectivo.

IMPI 2 Recibe la solicitud, recaba toda la información de la patente que tenga en sus expedientes y la envía a la Oficina Internacional designada, generalmente, por el idioma, es la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Departamento de Propiedad Intelectual 3

Recibe el acuse de recibido de parte de la Oficina Internacional.

3.1 Recibe el reporte de la búsqueda internacional y opinión escrita y copia de la publicación que realizó la oficina internacional. Informa a la D.I. para que ésta determine si se procede o no a solicitar el examen preliminar internacional, lo cual permite averiguar las posibilidades de obtener la patente de la invención y, en consecuencia, retrasar la entrada a fase nacional hasta los 30 meses, haciendo la petición por escrito.
3.2 Si no se opta por el examen preliminar internacional, termina el procedimiento o continúa en la actividad 3.5.
3.3 Si se opta por el examen preliminar internacional, solicita a la D.I. el pago y espera el resultado.
3.4 Si el resultado no es satisfactorio, se envía a la D.I. para que valore el resultado y, en su caso, determine no continuar en fases nacionales.
3.5 Si el resultado ES satisfactorio, se notifica a la D.I., la que, conjuntamente con el o los inventores, aproximadamente en el mes 16 podrá tomar la decisión de definir si en el mes 20, la solicitud a fase nacional se presenta en los países de interés. Esta decisión permitirá, a través de los agentes de patentes especializados, llevar a cabo dicha presentación, incluida la traducción al idioma nacional, pago de tasas, honorarios, etc. y para ello, es conveniente contar con un licenciatario que cubra todos los gastos de patentamiento en el extranjero.

 

 
© Universidad Autónoma Metropolitana 2024