Abogacía General
Dirección de Asuntos Jurídicos
DEPARTAMENTO DE PROPIEDAD INTELECTUAL
MENÚ
Criterios para solicitar ISBN en colecciones de obras

El sistema RISBN5 es un programa de cómputo administrado por el Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y El Caribe (CERLALC), ejecutable a través de internet por los usuarios únicos autorizados, para la administración de los números internacionales normalizados del libro (ISBN por sus siglas en inglés).

 

La autoridad administrativa en México que asume la responsabilidad de la administración del sistema RISBN5, es el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR), a través de la Agencia Nacional de ISBN, de conformidad con el Capítulo II del Título IX del Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor (RLFDA).

 

La Agencia Nacional de ISBN aplica criterios de dictaminación, mediante los cuales: asigna, emite requerimientos o en su caso, rechaza solicitudes, de acuerdo con la costumbre internacional, según lo dispone el artículo 93 del RLFDA, por lo que dichas políticas están basadas en lineamientos y directrices que emiten la Agencia Internacional ISBN y las agencias regionales, sustentados en normas ISO (Organización Internacional de Normalización, por sus siglas en inglés).

 

La Agencia Nacional ISBN actúa conforme a las políticas internacionales y en ese sentido, recibe, estudia, analiza, verifica, otorga o niega ISBN solicitados por los representantes de los agentes editores, como en el caso de la UAM, emitiendo criterios a través de los distintos requerimientos que fija al solicitante del ISBN (editor).

 

 

Asimismo, el CERLALC en su Glosario de Términos, asociados al mundo del libro y las nuevas tecnologías en el sector editorial, de febrero de 2008, define a la Colección como el “Conjunto de obras independientes (con numeración o sin ella) cuya relación, que puede ser temática, con más frecuencia se limita a igualdad de características y a un título colectivo que se repite en cada una de ellas además del suyo propio. La colección es un conjunto de varios títulos que pueden ser de diversos autores y que pueden editarse sin orden y en espacios de tiempo distintos. …”.

 

Este criterio relativo a que los tomos o volúmenes que forman parte de una colección, deben revestir características materiales de igualdad, se reflejan en los diversos requerimientos emitidos recientemente por la Agencia Nacional ISBN, como los siguientes:

 

  • "Confirmar las medidas, toda vez que no corresponden con las de la obra completa"
  • "Confirmar el tipo de encuadernación, toda vez que no corresponden con la obra completa"
  • "Confirmar el tipo de impresión, toda vez que no corresponden con la obra completa"
  • "Confirmar el tipo de papel, toda vez que no corresponde con la obra completa"
  • "Confirmar el medio electrónico, toda vez que no corresponde con la obra completa"
  • "Confirmar el tipo de formato, toda vez que no corresponde con la obra completa"

 

Por lo anterior, se han acotado los siguientes criterios respecto a colecciones, volúmenes y tomos:

 

 

En caso de ser COLECCIÓN para formato IMPRESO, las siguientes características materiales deben aplicarse a todos sus  volúmenes o tomos En caso de ser COLECCIÓN para formato ELECTRÓNICO, las siguientes características deben aplicarse a todos sus volúmenes o tomos
  • Medidas de la obra (alto y ancho)
  • Tipo de encuadernación (espiral, pasta, plástico, rústico, tapa dura, tela u otro)
  • Tipo de papel (biblia, bond, esmaltado couché, periódico, papeles especiales, propal beige, propalcote, propalibros, propalmate u otro)
  • Tipo de impresión (offset, digital, tipográfica, xerográfica u otro)
     
  • Medio electrónico o digital (casete-audio, CD-Audio, CD-Rom, DVD-Video, E-Book, internet, publicación digitalizada o Video-VHS).
  • Formato (Htmk, Asci, Pdf, Exe, Microsoft Reader, Oebps, Xml, Rich text format u otro)

 

 

  • El número de edición de los tomos o volúmenes deben corresponder al de la obra completa, es decir, no se puede solicitar la 2ª. edición de un volumen para ser incorporado a una colección completa que corresponde a una 1ª. edición; en ese caso, debe solicitarse también el ISBN para la colección completa en 2ª. edición.
     
  • Los ISBN que se soliciten para tomos o volúmenes, deben corresponder al tipo de soporte que tiene la obra completa, lo que significa que no se puede solicitar un ISBN para un tomo en formato electrónico que pertenezca a una colección de obras en soporte impreso; en este caso, debe también solicitarse la colección de obras completa para soporte electrónico.
     
  • Cuando se solicite una nueva colección, se deberá solicitar a la par, por lo menos un volumen; además, en la solicitud de la colección, se deberá señalar a todos los colaboradores/autores que participan en todos los volúmenes.
     
  • En una colección UAM donde contamos con varios volúmenes o tomos, éstos no se pueden coeditar con editoriales diferentes.
     
  • En caso de que todos los volúmenes de una colección se coediten con una editorial determinada, entonces se deberán solicitar de forma paralela la colección en coedición y los respectivos volúmenes o tomos.

 

 

 
© Universidad Autónoma Metropolitana 2024