10-31-77 ACUERDO por el que se crea una Comisión Intersecretarial a fin de coordinar las actividades de las Secretarías de Estado y demás entidades o dependencias a las que la legislación confiere la investigación, protección, conservación de los valores arqueológicos, históricos y artísticos, que forma parte del patrimonio cultural del país.


Al margen un sello con el Escudo nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. JOSE LOPEZ PORTILLO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con apoyo en los artículos 21, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o., 3o., 4o., 7o., 8o., 18, 20, 30, 38, 44, 45, 46 y demás relativos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos; 1o., 2o. y 18 de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia; 1o. y 2o. de la Ley que creó el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura; 12, 13, 14 fracciones III, VIII y IX, 31 fracción III, 32 y 33 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 1, 2, 6 fracción XV, 7, 9, 43, 44, 46 y 48 de la Ley Federal de Fomento al Turismo; 3o. fracciones VI, X y XI, 7, 10 fracción IV, de la Ley General de Bienes Nacionales; y 36 fracciones XXVI y LX, 79 y 83 fracciones III y XI de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal; y
CONSIDERANDO:
Que la investigación, protección, conservación, restauración y recuperación de los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, así como de las zonas en las que se encuentran dichos monumentos, son consideradas como actividades de utilidad pública;
Que los diversos ordenamientos legales que se han expedido con tal motivo, otorgan competencia para ello a varias Secretarías de Estado y a diversas dependencias de éstas;
Que al establecerse así, hay facultades que pueden fijar competencias concurrentes entre diversas dependencias del Ejecutivo Federal;
Que la localización en todo el territorio nacional de bienes que forman parte del patrimonio cultural de la nación, determina el interés de los gobiernos de las entidades federativas, e inclusive de los ayuntamientos para concurrir en las acciones que se tomen en favor de su preservación, he tenido a bien dictar el siguiente

ACUERDO:

PRIMERO.- Se crea una Comisión Intersecretarial a fin de coordinar las actividades de las Secretarías del Estado y demás entidades o dependencias a las que la legislación confiere la investigación, protección, conservación y restauración de los valores arqueológicos, históricos y artísticos que forman parte del patrimonio cultural del país, así como las que tienen atribuidas funciones relacionadas en forma directa con las anteriores.
SEGUNDO.- Dicha Comisión Intersecretarial se integrará con una representación de las siguientes Secretarías: de Educación Pública, de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, de Turismo, y de Hacienda y Crédito Público, así como con sendas representaciones del Instituto Nacional de Antropología e Historia y del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura. La Comisión estará presidida por el representante de la Secretaría de Educación Pública. Por cada representante se designará un suplente.
TERCERO.- Además de los representante permanentes de la Comisión Intersecretarial, ésta convocará en todos los casos a un representante del Departamento del Distrito Federal y de las entidades federativas de la República que corresponda, y en su caso también a un representante del ayuntamiento respectivo cuando, en el territorio de tales entidades federativas o municipios, se ubiquen o localicen monumentos o zonas arqueológicas, artísticos e históricos objeto de los trabajos de la Comisión.
CUARTO.- Las Secretarías y entidades participantes determinarán, con cargo a sus correspondientes presupuestos, los apoyos que para el financiamiento de las actividades de la Comisión acuerden conjuntamente. La Comisión Intersecretarial que se crea por virtud de este Acuerdo queda facultada para reglamentar en la forma más apropiada a la consecución de sus objetivos, las actividades que se le encomienden, para lo cual observará las recomendaciones que, en cumplimiento de sus atribuciones, le formule la Coordinación General de Estudios Administrativos dependiente de la Presidencia de la República.

TRANSITORIO

UNICO.- Este Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintiséis días del mes de octubre de mil novecientos setenta y siete.- José López Portillo.- Rúbrica.- El Secretario de Educación Pública, Porfirio Muñoz Ledo.- Rúbrica.- El Secretario de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, Pedro Ramírez Vázquez.- Rúbrica.- El Secretario de Turismo, Guillermo Rosell de la Lama.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Julio Rodolfo Moctezuma Cid.- Rúbrica.- El Secretario de Programación y Presupuesto, Carlos Tello Macías.- Rúbrica.- El Jefe del Departamento del Distrito Federal, Carlos Hank González.- Rúbrica.

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