10-04-77 ACUERDO por el que se declara monumento artístico el Teatro Peón
Contreras, ubicado en la esquina que forman las calles 57 y 60 de la ciudad de
Mérida, Yuc.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Secretaría de Educación Pública.
ACUERDO NUMERO 14190
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 38, fracciones XIX y XXI de la
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o. de la Ley Federal sobre
Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos; 9o. de su
Reglamento; y 2o. de la Ley que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y
Literatura; y
CONSIDERANDO
Que la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e
Históricos, en sus artículos 5o. y 33, establece que son monumentos artísticos
las obras que revisten valor estético relevante y que sean declaradas como
tales;
Que la XLVII Legislatura del Estado de Yucatán, solicitó al Instituto Nacional
de Bellas Artes y Literatura que el Teatro Peón Contreras de la ciudad de
Mérida, fuera declarado monumento artístico, en razón de los méritos de arte
arquitectónico que en él concurren; y
Que se ha estimado que el Teatro Peón Contreras es una obra en la que se
conjugan diversos estilos arquitectónicos y decorativos que por su disposición
logran un conjunto de relevante valor estético que merece alcanzar el mérito de
ser declarado monumento artístico; he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
1.- Se declara monumento artístico el Teatro Peón Contreras, ubicado en la
esquina que forman las calles 57 y 60 de la ciudad de Mérida, Estado de
Yucatán.
2.- Queda bajo la competencia del Instituto Nacional de Bellas Artes y
Literatura el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Federal sobre Monumentos
y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y su Reglamento, respecto a la
calidad de monumento artístico del Teatro Peón Contreras a que se refiere el
artículo anterior.
3.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en
el "Diario Oficial" de la Federación.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D. F, a 21 de septiembre de 1977.- El Secretario de Educación Pública,
Pórfiro Muñoz Ledo.- Rúbrica.
Para más información acerca del Proyecto, comentarios o sugerencias escribir a Silvia Rivas:
comcul2@info.cddhcu.gob.mx
Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados
o a Manuel Hernández:
lavila@tonatiuh.uam.mx
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