01-04-93 ACUERDO por el que se destina al servicio de la Secretaría de Educación Pública, el inmueble ubicado en la calle Real s/n, en Mineral de Marfil, municipio y Estado de Gto.


Al margen un sello con el Escudo Nacional, qu dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social. LUIS DONALDO COLOSIO MURRIETA, Secretario de Desarrolo Social, con fundamento en lo establecido por los artículos 2° fracción V, 8° fracción I, 9° párrafo primero, 10 párrafo primero, 37, 39, 41 y 44 de la Ley General de Bienes Nacionales, en relación con el artículo 32 fracciones XVII y XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y
CONSIDERANDO
Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encuentra el inmueble conocido como "Torre de Guadalupe", con superficie de 1,108.00 M²., ubicado en la calle Real s/n, en Mineral de Marfil, Municipio y Estado de Guanajuato, cuya titularidad se acredita mediante escritura pública No. 3188 de fecha 19 de noviembre de 1991, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal en el folio real No. 29918 de fecha 13 de abril de 1992, con las medidas y colindancias que se consignan en el propio título.
Que la Secretaría de Educación Pública, ha solicitado se destine a su servicio el inmueble referido en el considerando precedente, para que lo siga utilizando el Instituto Nacional de Antropología e Historia, con las instalaciones del Centro Regional de Guanajuato.
Que la Dirección General de Desarrollo Urbano mediante oficio No. 310.4.-2527 de fecha 9 de diciembre de 1991, emitió dictamen favorable respecto al destino que se da al inmueble materia del presente ordenamiento, ya que no se contrapone al Plan de Desarrollo Urbano de Guanajuato, Guanajuato.
Que en virtud de que se ha integrado debidamente el expediente respectivo, con base en las disposiciones que establece la Ley General de Bienes Nacionales y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar el óptimo aprovechamiento al patrimonio inmueble federal, dotando en la medida de lo posible a las dependencias federales con los elementos que les permitan un mejor desarrollo de sus funciones, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO

ARTICULO PRIMERO.- Se destina al servicio de la Secretaría de Educación Pública, el inmueble a que se refiere el considerando primero de este ordenamiento, a efecto de que continúe utilizándolo él Instituto Nacional de Antropología e Historia, con las instalaciones del Centro Regional de Guanajuato.
ARTICULO SEGUNDO.- Si la Secretaría de Educación Pública, a través del Instituto Nacional de Antropología e Historia, diere al inmueble que se le destina un aprovechamiento distinto al previsto en este acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de Desarrollo Social, o lo dejare de utilizar o necesitar, dicho bien pasará con todas sus mejoras y accesiones a la administración de esta última Dependencia.
ARTICULO TERCERO.- La Secretaría de Desarrollo Social, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento de este ordenamiento.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciduad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y dos.- El Secretario de Desarrollo Social, Luis Donaldo Colosio Murrieta.- Rúbrica.

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