10-03-94 ACUERDO mediante el cual se destinan al servicio del Instituto
Nacional de Antropología e Historia las fracciones del inmueble que conforman
las edificaciones que integran el Palacio Nacional a fin de que continúe
utilizándolas con el Museo Nacional de la Culturas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Secretaría de Desarrollo Social.
CARLOS ROJAS GUTIERREZ, Secretario de Desarrollo Social, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 2o. fracción VI, 8o. fracción I, 9o. párrafo
primero, 10 párrafo primero, 37, 38, 39, 41 y 44 de la Ley General de Bienes
Nacionales en relación con el artículo 32, fracciones XVII y XX de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal; y
CONSIDERANDO
Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación se encuentra el
conjunto de edificaciones que integran el Palacio Nacional, localizado en el
Centro Histórico de esta ciudad, dentro del cual se identifican diversas
fracciones con superficie total de 1,047.17 m², cuyas medidas y colindancias se
consignan en los planos elaborados a escala 1:100 en diciembre de 1932, por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, revisados y aprobados por la
Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal de la Secretaría de
Desarrollo Social.
Que el Instituto Nacional de Antropología e Historia, ha solicitado se destinen
a su servicio las fracciones del inmueble que se describen en el considerando
que antecede, a fin de seguir utilizándolas con el Museo Nacional de las
Culturas, con el objeto de continuar impulsando entre la ciudadanía, la
historia y costumbres de las distintas culturas.
Que mediante acta de fecha 31 de mayo de 1994, se hizo constar la entrega que
realizó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a la de Desarrollo Social,
y ésta a su vez al Instituto Nacional de Antropología e Historia de las
fracciones del inmueble a que se refiere el considerando primero de este
ordenamiento.
Que la Dirección General de Desarrollo Urbano de la Secretaría de Desarrollo
Social, mediante oficio número 310.5.2830 de fecha 13 de septiembre de 1994,
emitió dictamen procedente respecto al destino de las fracciones del inmueble
objeto del presente ordenamiento, toda vez que es congruente con el programa
parcial de Desarrollo Urbano de la Delegación de Cuauhtémoc.
Que en virtud de que ha quedado debidamente integrado el expediente respectivo,
con base en las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales y siendo
propósito del Ejecutivo Federal dar el óptimo aprovechamiento al patrimonio
inmueble federal, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
ARTICULO PRIMERO.- Se retiran del servicio de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público y se destinan al servicio del Instituto Nacional de
Antropología e Historia, las fracciones del inmueble a que se refiere el
considerando primero del presente ordenamiento, a fin de que continúe
utilizándolas con el Museo Nacional de las Culturas.
ARTICULO SEGUNDO.- Si el Instituto Nacional de Antropología e Historia, diere
a las fracciones del inmueble que se le destinan, un aprovechamiento distinto
al previsto en este Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de
Desarrollo Social, o las dejare de utilizar o necesitar, dichos bienes con
todas sus mejoras y accesiones se retirarán de su servicio para ser
administradas por esta última Dependencia.
ARTICULO TERCERO.- La Secretaría de Desarrollo Social, en el ámbito de sus
atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento de este mandamiento.
TRANSITORIO
UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el
Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintiséis días del mes de
septiembre de mil novecientos noventa y cuatro.- El Secretario de Desarrollo
Social, Carlos Rojas Gutiérrez.- Rúbrica.
Para más información acerca del Proyecto, comentarios o sugerencias escribir a Silvia Rivas:
comcul2@info.cddhcu.gob.mx
Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados
o a Manuel Hernández:
lavila@tonatiuh.uam.mx
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