11-23-81 Acuerdo No. 60 por el que se declara monumento histórico el inmueble ubicado en el número 31 de la Avenida Xalapeños Ilustres, tramo Sebastián Lerdo de Tejada, en Jalapa de Enriquez, Ver., por tratarse de un bien vinculado con la historia de la Nación.


Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de Educación Pública.

Acuerdo No. 60 por el que se declara monumento histórico el inmueble ubicado en el número 31 de la Avenida Xalapeños Ilustres, tramo Sebastián Lerdo de Tejada, en jalapa de Enríquez, Ver., por tratarse de un bien vinculado con la historia de la Nación.
FERNANDO SOLANA, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 38, fracciones XVIII, XIX y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 1o., 2o. y 3o. fracción II, 5o., 21, 35 y 44 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, 9o. de su Reglamento y 2o., fracción II de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia, y
CONSIDERANDO
Que marcado con el número 31 de la Avenida Xalapeños Ilustres, tramo Sebastián Lerdo de Tejada en jalapa, Veracruz, conocido como Centro Recreativo Jalapeño, existe un inmueble con superficie de 1,119 metros cuadrados y las siguientes medidas y colindancias: al Norte 19.65, 10.50 y 10.17 metros con la casa de Jesús García 16; al Sur, 24.78 metros con calle de Xalapeños Ilustres, tramo Lerdo; al Oriente, en cuatro tramos de 7.68, 4.64, 0.50 y 21.35 metros con la calle de Matamoros, y al Poniente 42.45 metros con la casa de Lerdo 2329;
Que se trata de un inmueble edificado a fines del siglo XVIII, con modificaciones en el siglo XIX, en el que funcionó originalmente un mesón denominado "Posada Veracruzana", en la cual se hospedó en febrero de 1804 el Barón Alejandro de Humboldt. En noviembre de 1847 estuvieron en dicho inmueble, en calidad de prisioneros, los patriotas jalapeños Ambrosio Alcalde y Antonio García, antes de ser fusilados por los invasores norteamericanos. En 1858, el expresidente Don Ignacio Comonfort llegó al edificio en cuestión cuando se encaminaba al destierro, después de haber dado el golpe de Estado; y en diciembre de 1875 se hospedó allí también Don Guillermo Prieto, procedente de la Ciudad de México, y
Que por tratarse de un bien vinculado con la historia del país, cuya protección y conservación es de gran importancia para mantener la integridad del patrimonio histórico nacional, he tenido a bien expedir el siguiente.

ACUERDO NUM. 60

ARTICULO 1o.- Se declara monumento histórico el inmueble ubicado en el número 31 de la Avenida Xalapeños Ilustres, tramo Sebastián Lerdo de Tejada, en Jalapa de Enríquez, Estado de Veracruz, por tratarse de un bien vinculado con la historia de la Nación.
ARTICULO 2o.- Queda bajo la competencia del Instituto Nacional de Antropología e Historia el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos y Históricos y su Reglamento, respecto a la calidad de monumento histórico del inmueble a que se refiere el artículo anterior.
ARTICULO 3o.- Publíquese el presente Acuerdo en el "Diario Oficial" de la Federación y en el Periódico Oficial del Estado de Veracruz, y procédase a la inscripción del inmueble en el Registro Público de la Propiedad en Jalapa y en el Registro Público de Monumentos y Zonas Arqueológicos e Históricos.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.
SEGUNDO.- Notifíquese el presente Acuerdo al propietario del inmueble marcado con el número 31 de la Avenida Xalapeños Ilustres, tramo Sebastián Lerdo de Tejada, en Jalapa, Veracruz.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D. F. a 14 de octubre de 1981.-El Secretario, Fernando Solana.-Rúbrica.

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