02-10-82 Acuerdo por el que se declara monumento histórico el inmueble ubicado en los números 71 y 73 de la Avenida Alvaro Obregón, en la Ciudad de México D. F.


Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.
FERNANDO SOLANA, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 38, fracciones XVIII, XIX y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 1, 2 y 3 fracción II, 5o., 21, 23, 35 y 44 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, 9 de su Reglamento y 2o. fracción II de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia y
CONSIDERANDO
Que marcado con los números 71 y 73 de la Avenida Alvaro Obregón, en la colonia Roma, de esta Ciudad de México, Distrito Federal, existe un inmueble con superficie de 760 metros cuadrados y las siguientes medidas y colindancias: al Norte con la calle de Tabasco números 124 y 130, y con la calle de Córdoba número 96; al Sur, con la Avenida Alvaro Obregón; al Oriente, con la Avenida Alvaro Obregón, número 65 bis, y al Poniente con la calle de Córdoba, números. 98, 102 y 104.
Que se trata de un inmueble edificado en la primera década del presente siglo donde en la madrugada del 19 de junio de 1921, murió el poeta Ramón López Velarde, quien nació el 15 de junio de 1888 en la ciudad de Jerez, Zacatecas, estudió en el Seminario Conciliar de ese mismo Estado, ingresó en la Facultad de San Luis Potosí, en 1908, para estudiar jurisprudencia, trasladándose a la Ciudad de México definitivamente en 1914.
Que es importante para la cultura el legado que dejó en sus diversos escritos cuya dirección está enfocada el realce de las cualidades de la provincia y al reconocimiento de nuestros valores para la integración de una nacionalidad.
Que sus primeras poesías aparecieron entre los años de 1905 a 1912. Participó en la política mediante artículos periodísticos, que a partir de 1911 aparecen en los diarios "El Regional" de Guadalajara, "el Eco" de San Luis Potosí, "La Nación" de la Ciudad de México, firmando a veces bajo los seudónimos de Esteban Marcel o Marcelo Estébanez. Se adhirió a la causa maderista por convicción y simpatía. En la historia de la literatura desempeñó un papel significativo a partir de la aparición de su primer libro, en 1916.
Su influencia en la juventud de entonces es notable. Tras la liquidación del Modernismo la poesía de López Velarde abre nuevos caminos, dando paso a la literatura mexicana contemporánea al lado de Enrique González Martínez y José Juan Tablada.
Su principal aportación fue en el cambio de la expresión, del lenguaje y de la estructura del poema; en lo sorpresivo de la rima, en su obsesión por el nuevo concepto, en suma, en la originalidad de la inventiva. Es el poeta del cambio y las primicias.
Su obra es breve. Tres libros de poesías: Sangre Devota (1916); el Son del Corazón, poemas publicados después de su muerte (1932), aunados a la prosa publicada en diarios y revistas, la cual fue recopilada posteriormente en dos volúmenes; El Minutero (1923) y Don de Febrero (1952). Existen, además, sus Prosas Políticas, congregadas en 1953. Prosas, cartas y poemas dispersos se publicaron en obras de Ramón López Velarde (1971). El último poema que corrigió en la imprenta es "La Suave Patria", que es el más conocido.
Que por tratarse de un bien vinculado con la historia de la nación, cuya protección y conservación es de gran importancia para mantener la integridad del patrimonio histórico nacional, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO No. 65

ARTICULO PRIMERO.- Se declara Monumento Histórico el inmueble ubicado en los números 71 y 73 de la Avenida Alvaro Obregón en la Ciudad de México, Distrito Federal, por tratarse de un bien vinculado con la historia de la Nación.
ARTICULO SEGUNDO.- Queda bajo la competencia del Instituto Nacional de Antropología e Historia, el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y su Reglamento, respecto a la calidad de monumento histórico del inmueble a que se refiere el artículo anterior.
ARTICULO TERCERO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y procédase a la inscripción del inmueble en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Federal, y en el Registro Público de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artículos e Históricos del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Notifíquese el presente Acuerdo a los propietarios del inmueble marcado con los números 71 y 73 de la Avenida Alvaro Obregón, Colonia Roma, en esta Ciudad de México, Distrito Federal.
TERCERO.- Notifíquese el presente Acuerdo al propietario del inmueble marcado con los números 71 y 73 de la Avenida Alvaro Obregón, en la colonia Roma de la Ciudad de México, Distrito Federal.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D. F., a 22 de enero de 1982.- El Secretario, Fernando Solana.- Rúbrica.

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