06-28-89 ACUERDO por el que en cumplimiento al artículo 8o. del Decreto por el
que se constituye el Consejo de la Crónica de la Ciudad de México el
Departamento del Distrito Federal pone a disposición de dicho Consejo el
espacio necesario para sus instalaciones en el inmueble ubicado en las calles
de Venustiano Carranza número 1 esquina con Eje Central Lázaro Cárdenas.
Al margen un escudo que dice: Jefe del Departamento del Distrito Federal.-
México.
MANUEL CAMACHO SOLIS, Jefe del Departamento del Distrito Federal con fundamento
en lo dispuesto por los Artículos lo., 32 33 y 34 de la Ley Orgánica del
Departamento del Distrito Federal; 5o. y 44 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, y 8o. del Decreto por el que se constituye el
Consejo de la Crónica de la Ciudad de México, y
CONSIDERANDO
Que por Decreto del Ejecutivo Federal publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 18 de febrero de 1987, se constituyó el Consejo de la Crónica de
la Ciudad de México como Organo de consulta y apoyo cultural a las autoridades
competentes y como servicio a la sociedad;
Que el Comité Director del Consejo de la Crónica de la Ciudad de México tiene
entre otras funciones el contribuir al enriquecimiento, sistematización y
difusión de la Crónica de la Ciudad de México, así como difundir sus valores
históricos patrimoniales y humanos;
Que de acuerdo al Decreto por el que se constituye el Consejo de la Crónica de
la Ciudad de México, el Departamento del Distrito Federal deberá otorgar el
apoyo informativo y material que requiera para el mejor desempeño de su
responsabilidad, y
Que dentro de los bienes del dominio público del Departamento del Distrito
Federal se encuentra el inmueble ubicado en las calles de Venustiano Carranza
No. 1 esquina con Eje Central Lázaro Cárdenas en donde se asientan las Capillas
de San Antonio y El Calvario he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
ARTICULO UNICO.- En cumplimiento al artículo 8o. del Decreto por el que se
constituye el Consejo de la Crónica de la Ciudad de México el Departamento del
Distrito Federal pone a disposición de dicho Consejo el espacio necesario para
sus instalaciones en el inmueble que se señala en el Cuarto Considerando de
este instrumento
TRANSITORIO
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el
Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- La Dirección General de Reordenación Urbana y Protección Ecológica se
encargará de vigilar el estricto cumplimiento del presente Acuerdo.
TERCERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Departamento del Distrito
Federal.
México, D. F., a 14 de junio de 1989.- El Jefe del Departamento del Distrito
Federal Manuel Camacho Solís.- Rúbrica.
Para más información acerca del Proyecto, comentarios o sugerencias escribir a Silvia Rivas:
comcul2@info.cddhcu.gob.mx
Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados
o a Manuel Hernández:
lavila@tonatiuh.uam.mx
Universidad Autónoma Metropolitana
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