11-22-91 DECRETO por el que se declara Día de la Armada de México, el veintitrés de noviembre de cada año.


Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
CARLOS SALINAS DE GORTARI, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los Artículos 30 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o. y 3o. de la Ley Orgánica de la Armada de México, y
CONSIDERANDO
Que la Armada de México ha protagonizado diversos hechos históricos desde la época en que, al consumarse la independencia, enarbolaron la bandera mexicana algunas goletas españolas capturadas por los insurgentes. Dichas embarcaciones, unidas a otras adquiridas por el Gobierno independiente, constituyeron la primera fuerza naval de nuestra Patria. Con ellas se inició la marina de guerra mexicana;
Que el 23 de noviembre 1825, la Escuadra Mexicana, al mando del Capitán de Fragata Pedro Sainz de Baranda, se enfrentó a la Escuadra Española que traía auxilios a la guarnición del Castillo de San Juan de Ulúa;
Que la Armada de México, desde su creación, ha contribuido a la defensa de la seguridad interior y exterior del país, teniendo entre sus funciones principales: la defensa de la soberanía del país en aguas, costas e islas nacionales, cooperar en el mantenimiento del orden constitucional del Estado Mexicano; contribuir a la protección del tráfico marítimo, fluvial y lacustre; efectuar operaciones de rescate y salvamento en el mar; auxiliar a la población civil en casos de desastre y contribuir a la preservación de nuestros recursos naturales;
Que la mejor forma para difundir entre la población el cariño, el respeto y la admiración por nuestros héroes e instituciones, es determinando un día del año para honrarlos;
Que se ha elegido como fecha para honrar a la Armada de México, el 23 de noviembre, recordando la gesta heroica realizada por el Primer Oficial Naval Capitán de Fragata Pedro Sainz de Baranda y de los hombres que comandaba, fecha histórica que marca la consolidación de nuestra Independencia Nacional, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

ARTICULO PRIMERO.- Se declara día de la Armada de México, el veintitrés de noviembre de cada año.
ARTICULO SEGUNDO.- La Secretaría de Marina queda facultada para organizar en ese día actos, ceremonias y otras conmemoraciones patrióticas.

TRANSITORIOS

UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Residencia del Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintiún días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y uno.- Carlos Salinas de Gortari.- Rúbrica.- El Secretario de Marina, Carlos Ruano Angulo.- Rúbrica.

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