12-19-84 Decreto aprobado por el Honorable Congreso de la Unión, para que se
inscriba en letras de oro, en un lugar de honor del Recinto de la Honorable
Cámara de Diputados, el nombre de FRANCISCO J. MUGICA.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos
Mexicanos.-Presidencia de la República.
MIGUEL DE LA MADRID HURTADO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos
Mexicanos, a sus habitantes, sabed:
Que el H. Congreso de la Unión se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO:
"El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta:
ARTICULO UNICO.-Inscríbase en letras de oro, en lugar de honor del Recinto de
la Honorable Cámara de Diputados, el nombre de FRANCISCO J. MUGICA.
TRANSITORIO
UNICO.-Este Decreto entrará en vigor en la fecha de su publicación en el Diario
Oficial de la Federación.
México, D. F., 17 de diciembre de 1984.-Enrique Soto Izquierdo, D. P.-Celso
Humberto Delgado Ramírez, S. P.-Nicolás Orozco Ramírez, D. S.-Mariano Palacios
Alcocer, S. S.-Rúbricas. "
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del artículo 89 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para su debida
publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del
Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los
dieciocho días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro.--
Miguel de la Madrid Hurtado.-Rúbrica.-El Secretario de Gobernación, Manuel
Bartlett D.-Rúbrica.
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lavila@tonatiuh.uam.mx
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