12-19-84 Decreto aprobado por el Honorable Congreso de la Unión, para que se inscriba en letras de oro, en un lugar de honor del Recinto de la Honorable Cámara de Diputados, el nombre de FRANCISCO J. MUGICA.


Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Presidencia de la República. MIGUEL DE LA MADRID HURTADO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:
Que el H. Congreso de la Unión se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO:

"El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta:
ARTICULO UNICO.-Inscríbase en letras de oro, en lugar de honor del Recinto de la Honorable Cámara de Diputados, el nombre de FRANCISCO J. MUGICA.

TRANSITORIO

UNICO.-Este Decreto entrará en vigor en la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, D. F., 17 de diciembre de 1984.-Enrique Soto Izquierdo, D. P.-Celso Humberto Delgado Ramírez, S. P.-Nicolás Orozco Ramírez, D. S.-Mariano Palacios Alcocer, S. S.-Rúbricas. "
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los dieciocho días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro.-- Miguel de la Madrid Hurtado.-Rúbrica.-El Secretario de Gobernación, Manuel Bartlett D.-Rúbrica.

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