08-09-74 DECRETO que dispone se traslade el cuerpo de la C. Rosario
Castellanos al Palacio de Bellas ARtes para que sea objeto de homenaje público
y sea inhumada en la Rotonda de los Hombres Ilustres del Panteón Civil de
Dolores de la ciudad de México.
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Presidencia de la República.
LUIS ECHEVARRíA ALVAREZ, Presidente Constitucional de los Estados Unidos
Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Con fundamento en los artículos 1°., 36, fracción XVII; y 51, fracciones I y
II, de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, de 27 de
diciembre de 1970, y
CONSIDERANDO
Que la Nación acaba de sufrir la pérdida de la ciudadana Rosario Castellanos,
fallecida en día de ayer en la ciudad de Tel Aviv, Israel, República en la que
desempeñaba el cargo de Embajadora de nuestro país;
Que la ciudadana Rosario Castellanos fue auténtico exponente de la mujer
mexicana de nuestro tiempo, cuyo valor intrínseco, talento y emoción social
puso de relieve en el desempeño de la cátedra, en el noble ejercicio de las
letras y en la prestación del servicio público, donde la distinguió su leal
patriotismo y la solidez de su voluntad de ser, como lo fue, de digna utilidad
para la Nación.
que fue un auténtico portavoz de los valores históricos literarios, filosóficos
y culturales de nuestro país, al que honro con la profundidad de su
inteligencia y de su obra, que abarca los diversos géneros creadores en los que
descolló para la más plena satisfacción de los mexicanos y de la República.
Que el Gobierno nacional debe rendir justo homenaje a quienes, por la
ejemplaridad de sus vidas y de sus obras, merecen el respeto y la emulación
ciudadanos, por lo que, una vez que se ha obtenido el consentimiento de los
deudos de la desaparecida escritora, ha tenido a bien expedir el siguiente.
DECRETO
ARTICULO PRIMERO.- Trasládese el cuerpo de la ciudadana Rosario Castellanos al
Palacio de Bellas Artes, para que sea objeto de homenaje público.
ARTICULO SEGUNDO.- Una vez que termine el homenaje aludido en el artículo
anterior, procédase a inhumar el cuerpo de la citada compatriota, en la Rotonda
de los Hombres Ilustres del Panteón Civil de Dolores de la ciudad de México.
ARTICULO TERCERO.- Se faculta al Departamento del Distrito Federal para que
lleve a cabo la mencionada inhumación, coordinándose, para todos los efectos de
este Decreto, con la Secretaría de Educación Pública.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en México, Distrito Federal,
a los ocho días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cuatro.- Luis
Echevarría Alvarez.- Rúbrica.- El Jefe del Departamento del Distrito Federal,
Octavio Sentíes Gómez.- Rúbrica.- El Secretario de Educación Pública, Víctor
Bravo.
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o a Manuel Hernández:
lavila@tonatiuh.uam.mx
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