08-09-74 DECRETO que dispone se traslade el cuerpo de la C. Rosario Castellanos al Palacio de Bellas ARtes para que sea objeto de homenaje público y sea inhumada en la Rotonda de los Hombres Ilustres del Panteón Civil de Dolores de la ciudad de México.


Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. LUIS ECHEVARRíA ALVAREZ, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Con fundamento en los artículos 1°., 36, fracción XVII; y 51, fracciones I y II, de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, de 27 de diciembre de 1970, y
CONSIDERANDO
Que la Nación acaba de sufrir la pérdida de la ciudadana Rosario Castellanos, fallecida en día de ayer en la ciudad de Tel Aviv, Israel, República en la que desempeñaba el cargo de Embajadora de nuestro país;
Que la ciudadana Rosario Castellanos fue auténtico exponente de la mujer mexicana de nuestro tiempo, cuyo valor intrínseco, talento y emoción social puso de relieve en el desempeño de la cátedra, en el noble ejercicio de las letras y en la prestación del servicio público, donde la distinguió su leal patriotismo y la solidez de su voluntad de ser, como lo fue, de digna utilidad para la Nación.
que fue un auténtico portavoz de los valores históricos literarios, filosóficos y culturales de nuestro país, al que honro con la profundidad de su inteligencia y de su obra, que abarca los diversos géneros creadores en los que descolló para la más plena satisfacción de los mexicanos y de la República.
Que el Gobierno nacional debe rendir justo homenaje a quienes, por la ejemplaridad de sus vidas y de sus obras, merecen el respeto y la emulación ciudadanos, por lo que, una vez que se ha obtenido el consentimiento de los deudos de la desaparecida escritora, ha tenido a bien expedir el siguiente.

DECRETO

ARTICULO PRIMERO.- Trasládese el cuerpo de la ciudadana Rosario Castellanos al Palacio de Bellas Artes, para que sea objeto de homenaje público.
ARTICULO SEGUNDO.- Una vez que termine el homenaje aludido en el artículo anterior, procédase a inhumar el cuerpo de la citada compatriota, en la Rotonda de los Hombres Ilustres del Panteón Civil de Dolores de la ciudad de México.
ARTICULO TERCERO.- Se faculta al Departamento del Distrito Federal para que lleve a cabo la mencionada inhumación, coordinándose, para todos los efectos de este Decreto, con la Secretaría de Educación Pública.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en México, Distrito Federal, a los ocho días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cuatro.- Luis Echevarría Alvarez.- Rúbrica.- El Jefe del Departamento del Distrito Federal, Octavio Sentíes Gómez.- Rúbrica.- El Secretario de Educación Pública, Víctor Bravo.

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