01-23-75 DECRETO que ordena se proceda a exhumar los restos del maestro Nabor Carrillo Flores en el Panteón Jardín, y se trasladen a la Rotonda de los Hombres Ilustres en el Panteón Civil de Dolores de la capital de la República.


Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
LUIS ECHEVERRIA ALVAREZ, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:
Que en el ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 73, fracción VI, base 1a., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 36, fracción XVII; 46, apartados 1 y 2; y 51, apartados 1 y 2, de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal; y
CONSIDERANDO:
1o.- Que el Gobierno de la República, instituyó la Rotonda de los Hombres Ilustres en el Panteón Civil de Dolores de la ciudad de México, para distinguir y perpetuar la memoria de aquellos mexicanos que por sus excepcionales méritos deben ser permanente ejemplo para la superación nacional.
2o.- Que el doctor Nabor Carrillo Flores, fallecido en 1967 y cuyos restos se encuentran actualmente en el Panteón Jardín de esta capital, sobresalió, en el curso de su vida, como profundo estudioso y notable investigador de las ciencias fisicomatemáticas, la enseñanza y aplicación de las cuales puso, primordialmente, al servicio del país.
3o.- Que en el ejercicio de sus actividades, el doctor Carrillo Flores, llevó a cabo numerosos estudios científicos y técnicos, que aportaron valiosas resoluciones a problemas que afectan a la sociedad contemporánea, y muchos de ellos, de modo particular, a nuestro país, como las teorías de construcción en la ciudad de México.
40.- Que el doctor Carrillo Flores destacó, además, en la magistratura, como catedrático de las Facultades de Ciencias y de ingeniería de la Universidad Nacional Autónoma de México, cuya Rectoría desempeñó, implantando en aquélla útiles y trascendentes reformas.
5o.- Que sus méritos como maestro y hombre de ciencia fueron ampliamente reconocidos en nuestro país y en el extranjero, en testimonio de lo cual se le confirieron múltiples honores, preseas y condecoraciones.
6o.- Que los altos niveles escalados por el doctor Nabor Carrillo Flores en las disciplinas científicas y docentes que cultivo, imponen al Gobierno de la República el deber de tributarle el justo homenaje de trasladar sus restos del lugar en que se hallan a la Rotonda de los Hombres Ilustres; por lo que, una vez que se ha obtenido el consentimiento de los deudos del mencionado compatriota, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO:

ARTICULO 1o.- Procédase a exhumar los restos del doctor Nabor Carrillo Flores en el panteón jardín y trasládense, con la solemnidad que el acto reclama, a la Rotonda de los Hombres Ilustres en el Panteón Civil de Dolores de la capital de la República.
ARTICULO 2o.- Previo respetuoso homenaje, verifíquese la reinhumación de los restos del doctor nabor Carrillo Flores en la Rotonda de los Hombres Ilustres.
ARTICULO 3o.- Se faculta al Departamento del Distrito Federal para que lleve a cabo la exhumación, traslado y reinhumación a que se refieren los artículos anteriores.

TRANSITORIO

UNICO.- Publíquese este Decreto en el "Diario Oficial" de la Federación.
Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo de la Unión, en México, Distrito Federal, a los diecisiete días del mes de enero de mil novecientos setenta y seis.- El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Luis Echeverría Alvarez.- Rúbrica.- Cúmplase: El Secretario de la Reforma Agraria, Víctor Bravo Ahuja.- Rúbrica.

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