04-13-77 DECRETO por el que se ordena el traslado de los restos del ciudadano Genaro Estrada a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para que se les rinda homenaje.


Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
JOSE LOPEZ PORTILLO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:
Con fundamento en los artículos 1o., 36, fracción XVII; y 51 párrafos primero y segundo de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que el ciudadano Genaro Estrada prestó eminentemente servicios a la Nación, como funcionario de la entonces Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo, y después en la Secretaría de Relaciones Exteriores en la que fue sucesivamente Oficial Mayor, Subsecretario encargado del despacho y Secretario;
Que con la misma dignidad y civismo representó a México en el Servicio Exterior, como Embajador en España, Ministro en Portugal y Turquía, y Delegado ante la Sociedad de las Naciones;
Que en el desempeño del cargo de Secretario de Relaciones Exteriores formuló la Declaración de México sobre la doctrina y práctica del reconocimiento de Gobiernos, hoy conocida como "Doctrina Estrada" y estimada como uno de los grandes logros del Derecho Internacional;
Que con tal Declaración se reafirmaron, se difundieron y se ampliaron los principios de autodeterminación y de no intervención, que han sido fundamentos de la política exterior de México;
Que corresponde a la República rendir el debido homenaje a quienes, como funcionarios y creadores de cultura, han dado prestigio al país y le han servido con lealtad; he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

Artículo 1o.- Trasladense los restos del ciudadano Genaro Estrada a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para que se les rinda homenaje.
Artículo 2o.- Procédase a reinhumar los restos del citado compatriota en la Rotonda de los Hombres Ilustres, del Panteón Civil de Dolores, una vez concluido el homenaje aludido en el artículo anterior.
Artículo 3.- Se faculta al Departamento del Distrito Federal para que, con cargo a la partida presupuestal correspondiente, haga la inhumación mencionada, coordinándose para todos los efectos de este Decreto, con la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la ciudad de México, Distrito Federal a los cuatro días del mes de abril de mil novecientos setenta y siete.- José López Portillo.- Rúbrica.- El Secretario de Relaciones Exteriores.- Santiago Roel García.- Rúbrica.- El Jefe del Departamento del Distrito Federal, Carlos Hank González.- Rúbrica.

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