11-10-82 Decreto por el que se dispone se proceda a trasladar e inhumar los restos del arquitecto y pintor Juan O'Gorman, del lugar en que se encuentran en el Panteón Jardín de esta ciudad de México, a la Rotonda de los Hombres Ilustres del Panteón Civil de Dolores.


Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Presidencia de la República.
JOSE LOPEZ PORTILLO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 17, fracción I, y 21, fracción I, de la Ley orgánica del Departamento del Distrito Federal; y
CONSIDERANDO
Que ha sido norma del Gobierno de la República ensalzar la memoria de aquellos mexicanos que sobresalen entre sus conciudadanos por sus aportaciones y su conducta ejemplar;
Que la Academia de Artes ha hecho gestiones, a nombre de su agrupación, para que se rinda homenaje a los restos del Arquitecto y Pintor Juan O'Gorman, quien fuera destacado miembro de número de dicha Academia;
Que el fundamento de tan señalada distinción básicamente parte del hecho de que el Arquitecto y Pintor mencionado fue el instaurador y principal propulsor de un movimiento arquitectónico cuyos alcances socio-culturales se aprecian notoriamente en la arquitectura del México contemporáneo;
Que a mayor abundamiento Juan O'Gorman fue uno de los impulsores de procedimientos nuevos en la configuración de murales al exterior, utilizados en numerosos establecimientos públicos de nuestro país;
Que a la vista de estos destacados méritos la Academia de Artes ha solicitado el traslado de sus restos del lugar en que actualmente descansan, para que se inhumen en la Rotonda de los Hombres Ilustres del Panteón Civil de Dolores en la capital del país, lo cual ha sido visto con beneplácito por sus deudos que han otorgado su conformidad para el traslado mencionado; he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

ARTICULO 1.-Procédase a trasladar e inhumar los restos del Arquitecto y Pintor Juan O'Gorman, del lugar en que se encuentran en el Panteón Jardín de esta ciudad de México, a la Rotonda de los Hombres Ilustres del Panteón Civil de Dolores.
ARTICULO 2o.-Se faculta al Departamento del Distrito Federal para que, con cargo a la partida presupuestal correspondiente, lleve a cabo el traslado e inhumación a que se refiere el artículo anterior.

TRANSITORIO

UNICO.-El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintinueve días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y dos.-José López Portillo--Rúbrica.-El Secretario de Gobernación, Enrique Olivares Santana.-Rúbrica.-El Jefe del Departamento del Distrito Federal, Carlos Hank González.-Rúbrica.

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