6. Para determinar la asignación de las becas, el Comité Evaluador dará prioridad al nivel de estudios de doctorado,
así como al desempeño académico de los alumnos y a la factibilidad para que concluyan y defiendan la idónea
comunicación de resultados o tesis en un plazo máximo de dos trimestres lectivos.
7. El Comité Evaluador resolverá sobre el otorgamiento de las becas en un plazo que no excederá de 15 días
hábiles contados a partir de la fecha en que concluya el periodo para la presentación de las solicitudes. Los
resultados se comunicarán vía correo electrónico a los postulantes.
La resolución del Comité será definitiva, por lo que no admitirá recurso alguno.
8. El Comité Evaluador, por medio de su Secretario, informará a los alumnos seleccionados las condiciones en
que se efectuarán los pagos correspondientes.
9. Para cobrar la beca, los alumnos seleccionados deberán presentar:
• Presentar al Comité Evaluador un informe trimestral, avalado por su director o asesor de la idónea
comunicación de resultados o tesis, en el cual se deberá indicar la factibilidad para obtener el grado
correspondiente durante el periodo de la vigencia de la beca;
• Informar inmediatamente al Comité Evaluador cuando obtengan el grado antes del término de la
vigencia de su beca, o cuando se presente cualquier circunstancia que les impida continuar con la
conclusión de la idónea comunicación de resultados o tesis;
• Informar trimestralmente al Comité Evaluador, sobre el desarrollo de sus estudios, su situación
socio-económica y demás datos que se le requieran;
• Enviar al Comité Evaluador copia del documento que acredite la obtención del grado, y
• Las demás que determine el Comité Evaluador.
10. Las cuestiones no previstas en esta convocatoria serán resueltas por el Comité Evaluador,
Se expide la presente convocatoria el 25 julio de 2012.
A t e n t a m e n t e
“Casa abierta al tiempo”
Dr. Enrique Fernández Fassnacht
Rector General