Semanario de la UAM
10 12 2012
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ACUERDO 06/2012 DEL RECTOR GENERAL MEDIANTE EL CUAL
SE EMITEN LAS REGLAS PARA LA APLICACIÓN DE LOS ELEMENTOS
DE IDENTIDAD INSTITUCIONAL
C O N S I D E R A N D O
I.
Que la representación legal de la Institución corresponde exclusivamente al Rector General quien tiene,
entre otras competencias, la de conducir las labores de planeación general para el desarrollo coherente de
la Universidad, emitir circulares y acuerdos para hacer cumplir la Ley Orgánica y las normas o disposiciones
reglamentarias que expida el Colegio Académico, así como establecer, previa consulta con los rectores de
unidad, las medidas administrativas y operativas convenientes para el funcionamiento coherente de las
actividades de la Universidad.
II.
Que la denominación, emblema y lema de la Universidad Autónoma Metropolitana constituyen la imagen e
identidad institucional desde su creación y, a partir del 30 de noviembre de 1976, se tiene registrada como
marca ante el Instituto Mexicano de Propiedad Industrial, con el título de registro número 201153, expedido
el 30 de marzo de 1977.
III.
Que la denominación, emblema y lema de la Universidad conforman una marca en términos de la Ley
de Propiedad Industrial, por ser un signo visible que distingue productos o servicios de otros de su misma
especie o clase, por lo que debe utilizarse en las condiciones indicadas en el registro marcario.
IV.
Que conforme a la Política General 6.8, se debe procurar el desarrollo de una imagen institucional integrada
y única de la Universidad, que reconozca y respete la diversidad de las unidades universitarias, por lo que
éstas en lo individual y en su conjunto deben mantener una identidad que contribuya a generar una imagen
homogénea al interior y exterior de la Institución.
Con base en las consideraciones anteriores y con fundamento en los artículos 15 y 16 de la Ley Orgánica, 36
y 41 fracciones III, V y VII del Reglamento Orgánico y conforme a la Política General 6.8, el Rector General
emite el siguiente:
A C U E R D O
ÚNICO.
Se emiten las Reglas para la Aplicación de los Elementos de Identidad Institucional que deberán
observar los órganos, instancias de apoyo, trabajadores y alumnos de la Universidad Autónoma
Metropolitana, por contener los únicos y exclusivos elementos con los que se debe identificar
oficialmente a la Institución.