Semanario de la UAM Vol. XX Núm. 11 - page 33

Vol. XX
Núm. 11
28
10
2013
ISSN1405-177X
Coordinación General de Vinculación y Desarrollo Institucional
Convocatoria de Movilidad Internacional
Otoño 2014
OBJETIVO
La Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), a través de la Coordinación General de Vinculación y Desarrollo
Institucional (CGVyDI), con fundamento en los artículos 11, 12 y 13 del Reglamento de Estudios Superiores, convoca a
las alumnas y los alumnos de licenciatura que deseen realizar parte de sus estudios en alguna institución de educación
superior extranjera a la
pre-selección de los espacios de movilidad disponibles
para el trimestre 14 Otoño.
BASES
El Sistema de Gestión de Movilidad Institucional,
SIGMI
(el medio de registro en línea para la movilidad en la UAM)
estará abierto
a partir de las 00:00 horas del lunes 28 de octubre de 2013 y hasta las 17:00 horas del jueves 16 de
enero de 2014,
fecha y hora límite para presentar completas las tres fases de la solicitud en línea.
Bajo ninguna circunstancia se aceptarán registros o documentos en forma extemporánea.
Los resultados estarán disponibles a partir del
22 de enero de 2014
en la página web
REQUISITOS
1. Estar inscritos(as) al año escolar y haber estado inscritos(as) a unidades de enseñanza-aprendizaje en el
trimestre inmediato anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
2. Haber cubierto, al menos,
el 42 por ciento
de los créditos del plan de estudios al que se encuentren
inscritos(as), en el momento de su registro en el
SIGMI
.
Tiene que considerarse que,
para ser postulados(as)
a la institución de educación superior extranjera de
destino, el(la) aspirante deberá presentar su
historial académico actualizado
y tener, al menos, el
50 por
ciento
de créditos cubiertos y
un promedio académico mínimo de 8.0
(o, en su caso, el promedio mínimo
que establezca la División Académica del(la) aspirante), pues aunque inicialmente hayan obtenido una
plaza de movilidad,
no se postulará ninguna solicitud que no cumpla con las anotaciones de este párrafo.
3. Obtener la autorización, en su caso, conforme a las modalidades determinadas por el Consejo Divisional
del(la) aspirante.
4. En caso de que la División Académica del(la) aspirante no establezca un promedio académico mínimo,
éste deberá ser equivalente a 8.0: el promedio académico mínimo establecido en el
estándar de movilidad
internacional.
5. Cubrir los requisitos TOEFL, DELF o del examen del idioma que, en su caso, establezca la institución de
educación superior receptora.
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