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Invierno 2016

PROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2016

BECAS DE MANUTENCIÓN PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR

CICLO ESCOLAR 2015 - 2016

Con base en el Acuerdo 30/12/2014 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas,

publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2014, el Comité Técnico del Programa Nacional

de Becas para la Educación Superior Manutención en la Universidad Autónoma Metropolitana y la Subsecretaría de

Educación Superior (SES) de la Secretaría de Educación Pública (SEP), a través de la Coordinación Nacional de Becas

de Educación Superior (CNBES)

C O N V O C A N

A los estudiantes de Licenciatura que hayan ingresado o se encuentren realizando estudios en la Universidad

Autónoma Metropolitana para que obtengan una beca de Manutención en el Trimestre 16 INVIERNO. El Programa

Nacional de Becas en su modalidad de MANUTENCIÓN está integrado con aportaciones del Gobierno Federal y

de la Universidad Autónoma Metropolitana. Tiene el objetivo de contribuir a asegurar mayor cobertura, inclusión

y equidad educativa para la construcción de una sociedad más justa, mediante el otorgamiento de becas en IPES

que permitan consolidar un México con educación de calidad. Para obtener dicha beca, los(as) solicitantes de la

Universidad Autónoma Metropolitana se someterán a las siguientes:

B A S E S

REQUISITOS

1. Ser mexicano.

2. Ser alumno de licenciatura de tiempo completo en la Universidad Autónoma Metropolitana, en alguno

de los siguientes casos:

a) Ser de nuevo ingreso y haber concluido los trámites de inscripción.

b) Aprobar al menos el 70% de los créditos correspondientes a una trayectoria regular para quienes cursen

entre el primer y tercer trimestre del respectivo plan de estudio.

c) Aprobar al menos el 80% de los créditos correspondientes a una trayectoria regular para quienes cursen

entre el cuarto y sexto trimestre del respectivo plan de estudio.

d) Aprobar al menos el 80% de los créditos correspondientes a una trayectoria regular y contar con un

promedio mínimo de B del séptimo trimestre en adelante del respectivo plan de estudio.

3. Provenir de un hogar cuyo ingreso sea igual o menor a cuatro salarios mínimos per cápita mensuales,

según la zona geográfica en que se encuentre el domicilio de residencia permanente del solicitante.

Vol. XXII

Núm. 20

25

01

2016

ISSN1405-177X