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Semanario de la UAM

07 12 2015

ACUERDO 13/2015 DEL RECTOR GENERAL QUE ESTABLECE

UN APOYO TEMPORAL PARA ATENDER ACTIVIDADES ACADÉMICAS

DE LA UNIDAD LERMA, CON LA PARTICIPACIÓN DE LOS PROFESORES

DE LAS OTRAS UNIDADES

C O N S I D E R A N D O

I

Que el Colegio Académico, en las sesiones 312 y 316, celebradas el 13 de mayo y el 31 de julio de 2009,

respectivamente, aprobó la creación de la Unidad Lerma, con las siguientes Divisiones y Departamentos:

a) División de Ciencias Básicas e Ingeniería:

• Departamento de Procesos Productivos

• Departamento de Recursos de la Tierra

• Departamento de Sistemas de Información y Comunicaciones

b) División de Ciencias Biológicas y de la Salud:

• Departamento de Ciencias Ambientales

• Departamento de Ciencias de la Alimentación

• Departamento de Ciencias de la Salud

c) División de Ciencias Sociales y Humanidades:

• Departamento de Artes y Humanidades

• Departamento de Estudios Culturales

• Departamento de Procesos Sociales

II

Que la Unidad Lerma, a más de cuatro años de haber iniciado sus actividades docentes, imparte los

siguientes planes y programas de estudio:

a) Licenciatura en Ingeniería en Recursos Hídricos.

b) Licenciatura en Biología Ambiental.

c) Licenciatura en Políticas Públicas.

d) Licenciatura en Arte y Comunicación Digitales.

Para contribuir al desarrollo de estos planes y programas de estudio y los que se aprueben en el mediano plazo,

es necesario el apoyo de personal académico con amplia experiencia docente en alguna de estas licenciaturas.

III

Que la Junta Directiva, el 31 de marzo de 2014, recomendó incorporar, de forma temporal, a personal

académico de las unidades Azcapotzalco, Cuajimalpa, Iztapalapa y Xochimilco, a las actividades

de docencia de la Unidad Lerma, para atender de forma especial el desarrollo de las licenciaturas

aprobadas y las que se aprobarán con posterioridad.

IV

Que las Políticas Operacionales de Docencia señalan que se debe promover la participación de profesores

de acuerdo con sus intereses académicos, en las diferentes divisiones y unidades de la Universidad, con

base en la planeación y programación de la docencia.

V

Que el Reglamento de Ingreso, Promoción y Permanencia del Personal Académico prevé la posibilidad

de que la Universidad comisione a personal académico para desarrollar funciones por tiempo completo,

distintas a las previstas en su plaza y fuera de su departamento de adscripción y, asimismo, dispone que

procede el ingreso de personal académico por tiempo determinado hasta por un año, cuando se generan

necesidades académicas por este tipo de comisiones.