Table of Contents Table of Contents
Previous Page  59 / 76 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 59 / 76 Next Page
Page Background

3

Semanario de la UAM

07 03 2016

TERCERO.

Los productos del trabajo que se evaluarán para el otorgamiento de este Estímulo serán los

generados de enero a diciembre de 2015.

CUARTO.

Los interesados deberán presentar su solicitud y la documentación probatoria conforme a los

mecanismos establecidos por la Universidad y a los criterios de dictaminación correspondientes,

a más tardar el 1° de abril del año en curso, a través de la secretaría académica de la división

respectiva.

La solicitud también podrá ser presentada por quienes disfruten de licencia sin goce de sueldo

para realizar estudios de posgrado.

QUINTO.

Las actividades académicas o productos del trabajo desarrollados durante el disfrute del periodo

o año sabático, serán evaluadas de conformidad con la tabla de puntaje contenida en el artículo 7

del Tabulador para Ingreso y Promoción del Personal Académico, siempre y cuando se demuestre

fehacientemente que se realizaron dentro y en beneficio de la Universidad.

SEXTO.

Si la resolución de la comisión dictaminadora es favorable, el Estímulo a la Docencia e Investigación

será cubierto en una sola exhibición, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de publi-

cación del dictamen. En caso de que el dictamen haya sido emitido con anterioridad a la publicación

de este Acuerdo, el monto se cubrirá dentro de los quince días hábiles posteriores a la fecha de

publicación del mismo.

Ciudad de México, a 3 de marzo de 2016.

A t e n t a m e n t e

Casa abierta al tiempo

Dr. Salvador Vega y León

Rector General