Semanario de la UAM
07 01 2013
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En caso de haberse publicado en un idioma diferente al español, inglés o francés, será necesario
adjuntar una traducción al español.
Se deberá anexar un documento en donde se mencione cualquier aspecto considerado
pertinente, como arbitrajes de calidad recibidos de revistas científicas o artísticas, recursos
con los que se desarrolló la investigación, cobertura periodística del trabajo, etc., y en
donde se especifique, además, la contribución del trabajo al:
a)
Desarrollo de la ciencia, la tecnología, la disciplina o el área del conocimiento, o
b)
Planteamiento, conocimiento, tratamiento y solución de problemas nacionales.
6.
Un ejemplar de los originales de los trabajos presentados se integrará al acervo cultural de la
Universidad, los demás ejemplares formarán parte del material de trabajo del Jurado Calificador,
por lo que no serán devueltos a sus autores.
7.
Los resultados se darán a conocer el 14 de octubre de 2013 y serán publicados en el
Semanario
de la UAM.
DÉCIMO.
Las constancias de los premios mencionados en los puntos PRIMERO, SEGUNDO y NOVENO,
serán entregadas a cada uno de los ganadores, en una ceremonia que se llevará a cabo en la fecha
que oportunamente se dará a conocer en el Semanario de la UAM.
DÉCIMO
Las actividades académicas o productos del trabajo desarrollados durante el disfrute del periodo
Primero.
o año sabático, serán evaluadas de conformidad con la tabla de puntaje contenida en el artículo 7
del Tabulador para Ingreso y Promoción del Personal Académico, siempre y cuando se demuestre
fehacientemente que se realizaron dentro y en beneficio de la Universidad.
DÉCIMO
Los certificados, diplomas, constancias, títulos, grados académicos o cualquier otro documento
segundo.
expedido por instituciones extranjeras que tengan por objeto comprobar la realización de estudios
deberán contar con la apostilla o legalización, según sea el caso. Los documentos que se presenten
en un idioma distinto al español requerirán, además, la traducción oficial correspondiente.
T R A N S I T O R I O S
1°.
El presente Acuerdo entrará en vigor el día hábil siguiente al de su firma y se aplicará durante el año 2013.
2°.
Para los efectos de este Acuerdo, se considerará el S.M.G.V.D.F. al 1° de enero de 2013.
México, D.F., a 7 de enero de 2013.
A t e n t a m e n t e
Casa abierta al tiempo
DR. ENRIQUE FERNÁNDEZ FASSNACHT
RECTOR GENERAL