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Semanario de la UAM
02 03 2015
TERCERO.
Las propuestas para otorgar este reconocimiento deberán presentarse por escrito y respaldadas
con la firma de, al menos, tres profesores distinguidos o eméritos; con la aceptación expresa
de la persona postulada,
currículum vitae
y los documentos que se consideren necesarios para
justificar los méritos a reconocer, y demás condiciones que se indiquen en la convocatoria que
para este efecto emita el Rector General, durante el primer trimestre de cada año.
Cada profesor distinguido o emérito podrá postular hasta dos egresados como máximo en cada
convocatoria, no podrán ser postulados quienes tengan una relación laboral con la Universidad,
y este reconocimiento sólo podrá otorgarse una vez a la misma persona.
CUARTO.
Las propuestas serán valoradas por el Rector General y los rectores de unidad.
Para otorgar el reconocimiento se requerirá la aprobación del Rector General y la de, al menos,
tres rectores de unidad.
QUINTO.
El reconocimiento Egresado Distinguido UAM será entregado en ceremonia pública y consistirá
en una medalla y constancia firmada por el Rector General.
La Rectoría General y las rectorías de las unidades donde hayan cursado los estudios los Egresados
Distinguidos UAM, llevarán los registros de los reconocimientos otorgados.
T R A N S I T O R I O S
1°.
Este Acuerdo entrará en vigor a partir del 3 de marzo de 2015.
2°.
Se abroga el Acuerdo 09/2014 del Rector General mediante el cual se establece un reconocimiento para
egresados distinguidos de licenciatura.
México, D.F., a 26 febrero de 2015.
A t e n t a m e n t e
Casa abierta al tiempo
Dr. Salvador Vega y León
Rector General




