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Semanario de la UAM
02 03 2015
A C U E R D O
PRIMERO.
Para determinar el monto del Estímulo a la Docencia e Investigación se considerará el salario
base y la compensación por antigüedad que corresponda al personal académico en la fecha en
que se paga, de conformidad con la siguiente tabla:
Nivel “A”, con un mínimo de 5,000 puntos: el equivalente a una quincena.
Nivel “B”, con un mínimo de 8,000 puntos: el equivalente a quincena y media.
Nivel “C”, con un mínimo de 11,000 puntos: el equivalente a dos quincenas.
SEGUNDO.
Para la asignación de puntos por parte de las comisiones dictaminadoras, se considerarán
los subfactores 1.1 docencia, 1.2 investigación, 1.3 preservación y difusión de la cultura,
y 1.6 creación artística del artículo 7 del Tabulador para Ingreso y Promoción del Personal
Académico, pero será requisito indispensable demostrar la realización de actividades en los
subfactores de docencia e investigación.
TERCERO.
Los productos del trabajo que se evaluarán para el otorgamiento de este Estímulo serán los
generados de enero a diciembre de 2014.
CUARTO.
Los interesados deberán presentar su solicitud y la documentación probatoria conforme a los
mecanismos establecidos por la Universidad y a los criterios de dictaminación correspondientes,
a más tardar el 30 de marzo del año en curso, a través de la secretaría académica de la división
respectiva.
La solicitud también podrá ser presentada por quienes disfruten de licencia sin goce de sueldo
para realizar estudios de posgrado.
QUINTO.
Las actividades académicas o productos del trabajo desarrollados durante el disfrute del periodo
o año sabático, serán evaluadas de conformidad con la tabla de puntaje contenida en el artículo 7
del Tabulador para Ingreso y Promoción del Personal Académico, siempre y cuando se demuestre
fehacientemente que se realizaron dentro y en beneficio de la Universidad.
SEXTO.
Si la resolución de la comisión dictaminadora es favorable, el Estímulo a la Docencia e Investi-
gación será cubierto en una sola exhibición, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha
de publicación del dictamen.
México, D.F., a 2 de marzo de 2015.
A t e n t a m e n t e
Casa abierta al tiempo
Dr. Salvador Vega y León
Rector General




