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8

Semanario de la UAM

02 03 2015

Para atender estos compromisos la Universidad procurará otorgar los apoyos necesarios al personal

académico beneficiado con este estímulo para que conserven su ingreso neto.

Con base en las consideraciones anteriores y con fundamento en los artículos 15 y 16, fracción II de la Ley

Orgánica, 36 y 41, fracciones III, V y XVII del Reglamento Orgánico, y 274-25 del Reglamento de Ingreso,

Promoción y Permanencia del Personal Académico, el Rector General emite el siguiente:

A C U E R D O

PRIMERO.

El monto del Estímulo a los Grados Académicos para cada categoría, nivel y estudios acreditados,

será el siguiente:

SEGUNDO.

El pago del Estímulo será mensual y se cubrirá durante la vigencia de la Beca con la que se haya

solicitado; en ningún caso se podrá duplicar.

TERCERO.

Los interesados, junto con la solicitud de Beca de Apoyo a la Permanencia o de Beca al

Reconocimiento de la Carrera Docente, deberán presentar en una sola ocasión ante la

secretaría académica respectiva, el documento que acredite fehacientemente el último

grado académico obtenido.

CUARTO.

Los grados académicos expedidos por instituciones extranjeras deberán contar con la apostilla

o legalización, según sea el caso. Los documentos que se presenten en un idioma distinto al

español requerirán, además, la traducción oficial correspondiente.

QUINTO.

Para los efectos de este Acuerdo, se considerará el salario mínimo general vigente en el Distrito

Federal (SMGVDF) al 1° de enero de 2015.

México, D.F., a 2 de marzo de 2015.

A t e n t a m e n t e

Casa abierta al tiempo

Dr. Salvador Vega y León

Rector General

Monto mensual en SMGVDF

CATEGORÍA

NIVEL

Grado de Maestría

Grado de Doctorado

Profesor Asociado

A

0.23

0.46

Profesor Asociado

B

0.46

0.93

Profesor Asociado

C

0.70

1.39

Profesor Asociado

D

0.93

1.85

Profesor Titular

A

1.39

2.78

Profesor Titular

B

1.85

3.71

Profesor Titular

C

2.55

5.10

Técnico Académico Titular

A

0.23

0.46

Técnico Académico Titular

B

0.46

0.93

Técnico Académico Titular

C

0.70

1.39

Técnico Académico Titular

D

0.93

1.85

Técnico Académico Titular

E

1.39

2.78