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Semanario de la UAM
09 03 2015
II
Ingeniería:
a) Ingeniería, y
b) Computación.
III
Ciencias Biológicas:
a) Biología;
b) Biotecnología;
c) Ingeniería Agronómica;
d) Ingeniería de los Alimentos;
e) Ingeniería Bioquímica Industrial;
f) Medicina Veterinaria y Zootecnia;
g) Química Farmacéutica Biológica, y
h) Ciencias Agropecuarias y de los Alimentos.
IV Ciencias de la Salud:
a) Ciencias Biomédicas;
b) Enfermería;
c) Estomatología;
d) Medicina, y
e) Nutrición.
V
Ciencias Sociales:
a) Antropología;
b) Política;
c) Psicología Social, y
d) Sociología.
VI
Ciencias Económico-Administrativas:
a) Administración;
b) Economía, y
c) Finanzas.
VII
Humanidades:
a) Ciencias de la Comunicación;
b) Derecho;
c) Educación;
d) Estética;
e) Filosofía;
f) Geografía;
g) Historia;
h) Lenguas Extranjeras;
i) Lingüística;
j) Literatura;
k) Psicología;
l) Semiótica, y
m) Artes.
VIII
Análisis y Métodos del Diseño, y
IX
Producción y Contexto del Diseño.
El Colegio Académico, al aprobar el establecimiento de un departamento o al autorizar un plan de estudios en el
que se cultiven disciplinas no incluidas en el listado anterior, determinará qué comisión dictaminadora evaluará al
personal académico que se incorpore a ese departamento o que participe en ese plan.
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