Vol. XIX
Núm. 17
02
01
2013
ISSN1405-177X
REFORMA AL REGLAMENTO DE ESTUDIOS SUPERIORES,
RELACIONADA CON LA CONDICIÓN DE AQUELLOS ALUMNOS QUE,
POR CIRCUNSTANCIAS DIVERSAS, NO SE ENCUENTRAN INSCRITOS A UNIDADES
DE ENSEÑANZA-APRENDIZAJE, PERO ESTÁN INSCRITOS AL AÑO ESCOLAR
Aprobada por el Colegio Académico en la Sesión Núm. 354,
celebrada el día 11 de diciembre de 2012
TÍTULO CUARTO
DE LOS TRAMITES ESCOLARES
ARTÍCULO 20
La inscripción será a una carrera, a un posgrado, a un curso de actualización o a un número determinado de unidades
de enseñanza-aprendizaje.
Los alumnos que no se inscriban a unidades de enseñanza-aprendizaje o renuncien a alguna de ellas durante el
trimestre, mantendrán los derechos y obligaciones que establezcan las normas y disposiciones reglamentarias de la
Universidad, siempre que se encuentren inscritos al año escolar.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO
La presente reforma entrará en vigor el día hábil siguiente al de su publicación en el
Semanario de la UAM.
1...,35,36,37,38,39,40,41,42,43,44 46,47,48,49,50,51,52,53,54,55,...56